Convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a apoyar el inicio de una actividad empresarial de un emprendedor. Año 2022
El importe de la subvención regulada en las presentes Bases será el 90% de la cuota que el emprendedor pague como consecuencia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante veinticuatro meses, que deberán ser continuados. Ver base sexta.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas que, cumpliendo con las condiciones establecidas en la Base 3ª de las BGS, reúnan los siguientes requisitos:
a) Haber iniciado la instalación de un proyecto empresarial, como titular o cotitular, y causar alta en el IAE entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
b) En localidades de más de 2.000 habitantes no se admitirán las altas en la Agrupación 67 del IAE.
c) Que el proyecto empresarial cuente con un plan de empresa que explique la idea del mismo, su financiación, refleje la situación inicial, una proyección de al menos tres años, y que la valoración final sea la de ser viable.
d) Que el domicilio de la actividad y el fiscal se encuentre en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la Provincia.
e) El beneficiario que sea profesional liberal deberá tener despacho abierto en el municipio del alta en el IAE.
f) Que no se encuentre dentro de los tres años anteriores a la edad mínima de jubilación.
g) No haber sido beneficiario en convocatorias de años anteriores.
h) Que entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022 causen su primera alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o que, llevando al menos dos meses en situación de no alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, procedan a darse de alta en una actividad diferente como trabajadores autónomos (a estos efectos, se entenderá por actividad diferente la no coincidencia de los dos primeros dígitos en la Clasificación Nacional de Actividades -CNA-).
Se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente será firmado digitalmente. También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Bases de la Convocatoria y los anexos:
https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Productos_de_Leon/Ayudas_y_Subvenciones_6/EMPRENDE?&i=0&p=1
Publicación de la convocatoria en el BOP nº 106 de 3 de junio de 2022 y en el Tablón de Anuncios Electrónico de esta Sede.
https://www.dipuleon.es/bopSearchAction/Ciudadanos/Boletin_Oficial_Provincia/?dateFrom=3/6/22&dateTo3/6/22&numBulletin=106
Anticipo: Una vez concedida la subvención, se podrá anticipar hasta el 100% de la ayuda a petición del interesado, previa constitución de aval por el montante de la cantidad anticipada incrementada en el 7,50% correspondiente a los Intereses de demora.
Enlace al trámite: Solicitud de anticipo de subvención: https://sede.dipuleon.es/segex/tramite.aspx?idtramite=9193
Plazo de presentación:
a) Primer Plazo: Desde el día siguiente al de la fecha de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 30 de junio de 2022.
b) Segundo Plazo: Del 1 al 31 de julio de 2022.
c) Tercer Plazo: Del 1 al 31 de agosto de 2022.
d) Último Plazo: Del 1 de septiembre al 3 de octubre de 2022.
Plazo de justificación: 70 días contados desde el pago del vigésimo cuarto recibo consecutivo correspondiente a la cuota de afiliación al R.E.T.A. del beneficiario.
La justificación se podrá realizar o de una sola vez al final del periodo subvencionable, o en fracciones de seis mensualidades continuadas.
Enlace al trámite: Solicitud de abono de una subvención concedida: https://sede.dipuleon.es/segex/tramite.aspx?idtramite=9191
Los anexos II, VI y VII se pueden descargar más abajo en el apartado plantillas.
Servicio ECIT
Pleno
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-13371
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de León
http://www.dipuleon.es/frontdipuleon/files/frontDipuleonAction.do?action=getFile&fileID=1479953
Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Diputación de León
http://www.dipuleon.es/frontdipuleon/frontDipuleonAction.do?action=viewCategory&categoryName=Subvenciones&id=1670040
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10566
RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/03/30/203
Gratuito
Reposición y Contencioso-Administrativo.
Negativo.