Admisión al proceso selectivo para la cobertura mediante el sistema de oposición, de 3 plazas de Maestro/a Taller (C1) de la Diputación Provincial de León.
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza a la que se opta.
c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1c) del TREBEP.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos del acceso al empleo público.
e) Titulación: Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
f) El abono de la tasa correspondiente.
Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se presentarán, preferentemente, a través de la sede electrónica.
Para la presentación en la sede electrónica debe disponer de un certificado electrónico incluido en la lista de certificados electrónicos admitidos, que se indica en la sede electrónica de la Diputación, entre ellos los siguientes: FMNT, DNI-e, ACCV, Camerfirma y Firmaprofesional.
A quienes no les resulte posible presentar su solicitud a través de la sede electrónica, podrán obtener el modelo de solicitud accediendo a través de la página web www.dipuleon.es, rellenando la solicitud directamente en el ordenador, imprimiéndola y firmándola posteriormente, o bien imprimir el modelo, rellenarlo manualmente y firmar.
También se facilitará modelo impreso en el Registro General de la Diputación de León.
Las solicitudes, se dirigirán a la Presidencia de la Diputación, presentándose, de acuerdo al art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), a través de la Sede Electrónica de la Excma. Diputación de León, así como en el Registro General de la misma. Además de lo anterior, se podrá presentar en los registros auxiliares, o por alguno de los demás medios a los que se refiere el art. 16.4 de la norma citada.
El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
A la solicitud, se acompañará:
a) Copia del título exigido para poder participar en el proceso selectivo.
b) Justificante del abono de los derechos de examen (Base sexta).
Las personas que se encuentren en los casos de exención o bonificación de la tasa, deberán presentar los justificantes señalados en el apartado 6.2 de las Bases.
c) Para la presentación por el turno de discapacidad deberá presentarse copia del certificado de discapacidad en grado igual o superior al 33% emitido por el órgano competente.
En caso de que la persona aspirante autorice en su solicitud recabar electrónicamente la información relativa a los datos personales (DNI, titulación, discapacidad, grado de familia numerosa, rentas etc.) a través de una consulta a la plataforma de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, no será necesario que junto con la solicitud aporte la documentación acreditativa de estas circunstancias, sin perjuicio de que la Diputación de León se reserve el derecho a requerirle la citada documentación en cualquier momento que lo considere necesario o cuando motivos técnicos imposibiliten la realización de la consulta telemática.
Las personas participantes deberán abonar en concepto de “Derechos de Examen” la cantidad de 20 €. El pago de la tasa podrá realizarse mediante transferencia a la cuenta IBAN: ES1321034201870033021827 Banco Unicaja, o mediante tarjeta en la oficina virtual tributaria de la Diputación, en el apartado “PAGAR MIS TASAS, Tasa a liquidar “tasa pruebas selección-prueba selectiva”, seleccionando la tarifa que corresponde a la convocatoria, incluida la bonificación, si procede.
Gozarán de una bonificación del 50% (10 €) de la tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, (se justificará mediante certificado expedido por órgano competente).
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las Categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública Provincial, en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional.
Para poder acreditar esta bonificación deberá solicitar a los organismos indicados lo siguiente:
b.1) Certificado de ser demandante de empleo al menos durante un mes anterior a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas y, en el mismo plazo indicado, no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni de haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, (Certificado expedido por el ECYL).
b.2) Carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional (certificado expedido por el SEPE).
Estarán exentos del pago de la tasa (0 €) los miembros de las familias numerosas clasificadas de categoría especial (se justificará mediante el Título de Familia Numerosa).
Servicio de Recursos Humanos.
Presidencia.
Enlace a las bases de la convocatoria:
https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/R_Humanos_y_Empleo/Empleo/Convocatorias_de_Empleo/mt??i=10&p=2
Publicado extracto en el BOE nº 258 de 27 de octubre de 2022 y en el Tablón de anuncios Electrónico de esta sede.
https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/27/pdfs/BOE-A-2022-17547.pdf
Publicado en el BOCYL número 16 de 25 de enero de 2022.
https://bocyl.jcyl.es/boletines/2022/01/25/pdf/BOCYL-D-25012022-23.pdf
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1995-8729
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10566
Recurso de reposición y contencioso - administrativo.
Negativo.