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Subvención apertura de oficinas de información turística. Año 2023

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Subvención apertura de oficinas de información turística. Año 2023

A partir del día 22/03/2023

Descripción

Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,  con el fin de promover la apertura de Oficinas de Información Turística durante el año 2023  y, con ello, procurar el incremento de la actividad turística en el municipio subvencionado. 

La presente convocatoria de subvenciones se encuentra prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de León, aprobado por el Pleno corporativo en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2023. Con las bases específicas que la regulan se desarrollan fielmente las previsiones del referido Plan Estratégico para esta línea de subvención, en cuanto a objeto, importe y financiación, beneficiarios y plan de acción, con lo que se contribuye a que el Plan Estratégico de Subvenciones  alcance el objetivo para el que fue concebido que es el de ser una auténtica herramienta para conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la actividad subvencional y una mayor eficiencia en la asignación del gasto público, con observancia de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y coordinación para evitar duplicar las actuaciones y establecimiento de prioridades. 

Mediante la aprobación de las presentes bases se ponen en práctica, de conformidad con lo establecido en el art. 12.3 del Reglamento General de Subvenciones, las previsiones contenidas en el Plan Estratégico para esta convocatoria de subvenciones para la apertura de Oficinas de Información Turística, contribuyendo al logro del objetivo pretendido por el indicado Plan que es el adecuado funcionamiento, durante el presente ejercicio, de una red de oficinas de turismo distribuidas por toda la provincia que presten a las personas que visiten los municipios, de menos de 20.000 habitantes, donde se ubican aquellas un servicio público de información turística de calidad.

 

requisitos

Ayuntamientos de la provincia de León con población inferior a 20.000 habitantes,  que reúnan los requisitos establecidos en la base tercera de las BGS, siempre que la actividad para la que se solicita la subvención sea promover la apertura de la oficina de Información Turística contratando personal.

No serán consideradas las peticiones de subvención de aquellos ayuntamientos que, habiendo solicitado ayuda en las dos últimas convocatorias, no hayan realizado la actividad sin que justifiquen el motivo.

 

presentación

Se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente será  firmado digitalmente. También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.

 

Bases de la Convocatoria y anexos:   

https://www.dipuleon.es/Turismo/Atencion_Turistica/Ayudas_y_Subvenciones_4/

Publicación de la convocatoria en el BOP  nº  55 de 21 de marzo de 2023 y en el Tablón de Anuncios Electrónico de esta Sede. 

https://www.dipuleon.es/bopSearchAction/Ciudadanos/Boletin_Oficial_Provincia/?dateFrom=21/3/23&dateTo=21/3/23&numBulletin=55

 

Solicitud de anticipo: 

https://sede.dipuleon.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10332

 

 

PLAZOS EXIGIBLES  

Plazo de presentación :  20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. 

Plazo de justificación: Desde la finalización de la actividad objeto de subvención hasta el 15 de noviembre de 2023

Enlace a trámite:  Solicitud de abono de una subvención concedida:    https://sede.dipuleon.esEn/segex/tramite.aspx?idtramite=9191

 

documentación a  aportar  

Ver Base Octava de la convocatoria. 

  • Anexo II -  Declaración responsable de cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario.
  • Memoria de la actividad, que incluirá:
    • Anexo II.1, indicativo de los días y horas de funcionamiento de la Oficina permanecerá en lugar visible para el público, con independencia de que esté cerrada o abierta.
    • Anexo II.2, en el que se deberá detallar el espacio físico diferenciado destinado a la oficina y los medios técnicos con los que cuente la misma que, como mínimo serán los siguientes: teléfono, ordenador y acceso a Internet. Asimismo, se definirán las tareas del personal, el programa de actividades que se prevea desarrollar en la Oficina, y que deberá ser acreditado de modo fehaciente (memoria, descripción gráfica, participantes, etc.), para percibir la subvención.
    • Muestra de las publicaciones de la zona para su distribución, solo en el supuesto de que sea la primera vez en la que solicita subvención.
  • Declaración o compromiso de que se va a realizar la actividad subvencionada en las fechas que establecen las Bases de la Convocatoria y atendidas por el personal cualificado estipulado en las mismas.
  • Anexo II.3 Presupuesto
  • A efectos de la aplicación de los criterios de valoración que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones, los solicitantes podrán presentar la documentación que consideren pertinente.

La presentación de la documentación justificativa, o de parte de ésta, junto con la solicitud de la subvención, no eximirá de la obligación de su presentación en el plazo establecido en las presentes Bases.

Los modelos de los anexos se facilitan en el apartado de plantillas.

 

Órgano tramitador

Servicio de Turismo

 

Órgano resolutor

Junta de Gobierno 

 

Normativa de aplicación

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10566

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-13371

Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de León

https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Intervencion/Subvenciones_1/ 

Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Diputación de León

http://www.dipuleon.es/frontdipuleon/frontDipuleonAction.do?action=viewCategory&categoryName=Subvenciones&id=1670040

RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos

https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/03/30/203

 

costes

Gratuito

RECURSOS

Reposición y Contencioso-Administrativo.

 

Efectos del silencio administrativo

Negativo.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Se requiere que la representación de todos los interesados sea comprobable electrónicamente, es decir, si un interesado actúa con representante, debe estar autenticado con el certificado digital de representante correspondiente, o bien, tener un apoderamiento para cualquier trámite de ese interesado registrado en el sistema Apodera de la AGE. También se permite que el propio interesado, autenticado mediante certificado digital o Cl@ve, nombre como representante a cualquier persona.
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
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Plaza de San Marcelo, 6
24002 León (León)
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