Admisión al proceso selectivo para la cobertura mediante el sistema de concurso oposición, de 1 plaza personal laboral de la categoría Oficial 1ª grupo IV, vacante incluida en la Oferta de Empleo Público (OEP) del año 2019, de la Diputación Provincial de León.
Las solicitudes, se dirigirán a la Presidencia de la Diputación, presentándose, de acuerdo al art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), a través de la Sede Electrónica de la Diputación de León, así como en el Registro General de la misma. Además de lo anterior, se podrá presentar en los registros auxiliares, o por alguno de los demás medios a los que se refiere el art. 16.4 de la norma citada.
SEDE ELECTRÓNICA
Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se presentarán, preferentemente, a través de la sede electrónica.
Para la presentación en la sede electrónica debe disponer de un certificado electrónico incluido en la lista de certificados electrónicos admitidos, que se indica en la sede electrónica de la Diputación, entre ellos los siguientes: FMNT, DNI-e, ACCV, Camerfirma y Firmaprofesional.
A quienes no les resulte posible presentar su solicitud a través de la sede electrónica, podrán hacerlo en formato papel.
PRESENCIAL
Podrán obtener el modelo de solicitud accediendo a través de la página web www.dipuleon.es, rellenando la solicitud directamente en el ordenador, imprimiéndola y firmándola posteriormente, o bien imprimir el modelo, rellenarlo manualmente y firmar.
También se facilitará modelo impreso en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Diputación.
El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
A la solicitud, se acompañará:
Las personas que se encuentren en los casos de exención o bonificación de la tasa, deberán presentar los justificantes señalados en el apartado 6.2 de las presentes Bases.
En los supuestos de servicios prestados en la Diputación de León, este Anexo-I “Certificado de Servicios Previos”, se incorporará de oficio por el Servicio de Recursos Humanos, a fin de que pueda ser tenido en cuenta por el Tribunal de Selección.
Documentación acreditativa del resto de méritos académicos alegados (títulos, formación).
Toda documentación deberá presentarse en castellano. Deberán traducirse al castellano los documentos que, redactados en lengua oficial de una Comunidad Autónoma, deban surtir efectos fuera del territorio de esa Comunidad. Asimismo, la documentación redactada en lengua extranjera deberá presentarse acompañada de su traducción jurada oficial al castellano, sin perjuicio de que por la Administración puedan recabarse informes complementarios para verificar la autenticidad de los documentos presentados.
El importe de la tasa es de 15 € que deberá ingresar según se indica en las bases quinta y sexta.
Las personas participantes deberán abonar en concepto de “Derechos de Examen” en la cuenta restringida de la Diputación de León:
n.º IBAN: ES1321034201870033021827 Banco Unicaja (Ordenanza Fiscal n.º 16 Reguladora de la tasa por participación en las pruebas de selección para acceder a la condición de empleado público al servicio de la Diputación Provincial de León, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de 27 de julio de 2016, publicada en el BOP Núm. 187, de 29 de septiembre de 2016).
El documento que justifique que se realizó el pago de los derechos de examen deberá figurar:
BONIFICACIONES
Gozarán de una bonificación del 50% de la tasa los siguientes sujetos pasivos:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33% (se justificará mediante certificado expedido por órgano competente).
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las Categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública Provincial, en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención o bonificación que, en el plazo de que se trate, no hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional.
Para poder acreditar esta bonificación deberá solicitar a los organismos indicados lo siguiente:
c) Los miembros de las familias numerosas clasificadas de categoría general, (se justificará mediante el Título de Familia Numerosa).
EXENCIONES
Estarán exentos del pago de la tasa los miembros de las familias numerosas clasificadas de categoría especial (se justificará mediante el Título de Familia Numerosa).
Servicio de Recursos Humanos.
Presidencia.
BASES de la convocatoria: Publicadas en el BOP, BOCYL, BOE y en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Diputación de León.
https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/R_Humanos_y_Empleo/Empleo/Convocatorias_de_Empleo/
Normativa:
El presente proceso selectivo se regirá por las presentes bases teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres así como el PLAN DE IGUALDAD DEL PERSONAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN (B.O.P. n.º 72, de 12 de abril de 2019) por el que la Diputación de León se compromete con la igualdad que va dirigida a alcanzar la paridad entre mujeres y hombres, en todos los puestos de trabajo.
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la siguiente normativa además de aquellas otras disposiciones que resultan concordantes:
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
https://www.boe.es/eli/es/l/1985/04/02/7
La Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
https://www.boe.es/eli/es-cl/l/2005/05/24/7/con
El texto refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/1986/04/18/781
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1995-8729
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565
El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/06/07/896/con
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2/con
El IV Convenio Colectivo para los empleados públicos en régimen de derecho laboral de la Diputación de León y demás disposiciones que sean de aplicación.
https://www.dipuleon.es/file/GvDykhknfnM
RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/03/30/203
Publicado extracto en el BOE nº 233 de 29 de septiembre de 2023 y en el Tablón de anuncios Electrónico de esta sede:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/09/29/pdfs/BOE-A-2023-20271.pdf
Recurso de reposición y contencioso - administrativo.
Negativo.