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Subvención para la organización de carreras populares. Año 2025

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Subvención para la organización de carreras populares. Año 2025

A partir del día 31/01/2025

Descripción

Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la organización de carreras populares pedestres, que transcurran por zona urbana,  por montaña, o carreras ciclistas modalidad BTT, en municipios de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes, en el período comprendido desde el 1 de enero al 30 noviembre de 2025, ambos inclusive. Con el fin de contribuir a la promoción y fomento de la práctica deportiva continuada entre los ciudadanos leoneses.

Esta iniciativa se enmarca en ‘León Sostenible’, el sello de calidad de la Diputación de León que distingue las políticas y acciones provinciales coincidentes con los Objetivos de Desarrollo Sostenibles (ODS) recogidos en la Agenda 2030, que, a su vez, generan un impacto social y medioambiental positivo en el mundo rural, contribuyendo así a su desarrollo. 


Las actuaciones a desarrollar en esta convocatoria están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de León (años 2023 a 2025) aprobado por acuerdo del Pleno de 22 de febrero de 2023, de conformidad con la exigencia del art. 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su fin es contribuir a la promoción y fomento de la práctica deportiva continuada entre los ciudadanos leoneses.
 

requisitos

  • Ayuntamientos y Juntas Vecinales de los municipios de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes. 
  • Entidades deportivas de la provincia de León que estén legalmente constituidos, cuya actividad principal sea la promoción y fomento del deporte, y que organicen la actividad a subvencionar en localidades de la provincia de León, que pertenezcan a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes (en los casos donde las pruebas pasen por distintas poblaciones, la salida y la llegada deberá ser en localidades que pertenezcan a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes).

Cada entidad solicitante podrá pedir un máximo de dos carreras, no pudiéndose celebrar más de dos en un mismo municipio.

Deberá formularse una solicitud individualizada para cada carrera. 

Base sexta: Anticipo: Se podrá conceder hasta un 90% del gasto de la actividad a subvencionar (base 5.1 de las BGS).

 

presentación

Se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente  será  firmado  digitalmente. También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.

Se debe presentar una solicitud (Anexo I) y un proyecto detallado (Anexo P) para cada actividad, haciendo referencia, entre otros aspectos a los siguientes: categorías, horarios, distancia, itinerario, track, inscripciones, premios, previsión de participantes, recursos humanos y materiales, y presupuesto con el desglose de ingresos y gastos

 La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia

 

Publicación en el BOP  n º 20 de 30 de enero de 2025 y en el Tablón de Anuncios Electrónico de esta Sede. 

https://www.dipuleon.es/bopSearchAction/Ciudadanos/Boletin_Oficial_Provincia/?dateFrom=30/1/25&dateTo=30/1/25&numBulletin=20

 

 

Plazos exigibles 

Plazo de Presentación : 20 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.

Plazo de justificación: 16 de diciembre de 2025.

 

documentación a aportar

1. Entidades locales

  • Anexos I y II.
  • Proyecto detallado de la actividad para la que se solicita la subvención, Anexo P.
  • Certificado del Secretario de la entidad en el que se haga constar la población del municipio donde se desarrolla el evento deportivo y el número de ediciones celebradas hasta el 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria. 
  • Certificado de la empresa cronometradora con los participantes que finalizaron la última edición.
  • En caso de ser la primera edición, certificado del secretario en el que haga constar que la prueba contará con cronometraje electrónico, siendo los datos de la empresa cronometradora relejados en el Anexo P.

2. Entidades locales menores:

  • Anexos I y II.
  • Proyecto detallado de la actividad para la que se solicita la subvención, Anexo P.
  • Certificado del Secretario de la entidad en el que se haga constar la población del municipio donde se desarrolla el evento deportivo y el número de ediciones celebradas hasta hasta el 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria. 
  • Certificado de la empresa cronometradora con los participantes que finalizaron la última edición
  • En caso de ser la primera edición, certificado del secretario en el que haga constar que la prueba contará con cronometraje electrónico, siendo los datos de la empresa cronometradora relejados en el Anexo P.

3. Entidades deportivas: 

  • Anexo I
  • Proyecto detallado de la actividad para la que se solicita la subvención. Anexo P.
  • Acreditación de estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Junta de Castilla y León.
  • Certificado del secretario con el visto bueno del presidente de la entidad deportiva, donde se detalle la población del municipio donde se desarrolla el evento deportivo (según datos actualizados del INE), dato que será verificado por el servicio.
  • Certificado de la empresa cronometradora de los participantes que finalizaron la última edición.
  • Certificado de la entidad donde se detalle el número de ediciones celebradas hasta 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria. 
  • En caso de ser la primera edición, certificado del secretario en el que haga constar que la prueba contará con cronometraje electrónico, siendo los datos de la empresa cronometradora relejados en el Anexo P.

En los supuestos de organización conjunta cada una de las entidades coorganizadoras debe de aportar la declaración jurada Anexo II, suscrita
por el representante, en la que se acredite que reúnen los requisitos para ser beneficiarios de las subvenciones.

Los anexos II y P se pueden descargar en el apartado PLANTILLAS.

 

Órgano resolutor

Presidencia

 

Normativa de aplicación

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-13371

Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de León

https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Intervencion/Subvenciones_1/

Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Diputación de León

http://www.dipuleon.es/frontdipuleon/frontDipuleonAction.do?action=viewCategory&categoryName=Subvenciones&id=1670040

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10566

RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos

https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/03/30/203

 

Recursos

Reposición y Contencioso-Administrativo.

 

Efectos del silencio administrativo

Negativo.

 

costes

Gratuito

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN - P2400000B
Plaza de San Marcelo, 6
24002 León (León)
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