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Subvención Plan Juntas Vecinales 2022

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Subvención Plan Juntas Vecinales 2022

A partir del día 05/05/2022

Descripción

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de inversiones de competencia local que, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, son: 

  • Las inversiones encaminadas a la conservación de su patrimonio, incluido el forestal.
  • Las inversiones encaminadas a la conservación y limpieza de vías urbanas, caminos rurales, fuentes, lavaderos y abrevaderos.
  • Aquellas que les delegue expresamente el ayuntamiento.

 

requisitos

Las Juntas Vecinales  pertenecientes a municipios de la Provincia, excluidas las pertenecientes a la Comarca del Bierzo, que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Locales del Ministerio de Hacienda.

 

presentación

Se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente será  firmado digitalmente. 

También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.

 

Bases de la Convocatoria y los anexos:   

https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Cooperacion/Planes_de_Obras_Juntas_Vecinales/

 

Publicación en el BOP  n º 84 de 4 de mayo de 2022  y en el Tablón de Anuncios Electrónico de esta Sede. 

https://www.dipuleon.es/bopSearchAction/Ciudadanos/Boletin_Oficial_Provincia/?dateFrom=4/5/22&dateTo=4/5/22&numBulletin=84

 

PLAZOS EXIGIBLES   

Plazo de solicitud :  20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP. 

Plazo de justificación: 1 de diciembre de 2023

Enlace a trámite:  Solicitud de abono de una subvención concedida:  https://sede.dipuleon.es/catalogoservicios.aspx?area=989&ambito=8

 

documentación a aportar

  • Documento técnico suscrito por técnico competente en los términos señalados en el artículo 233 de la LCSP (con el grado de detalle suficiente para la exacta definición de las actuaciones a ejecutar), en la que se describa el objeto de la inversión, con valoración de la misma, incluyendo partidas detalladas con precios unitarios y resumen de presupuesto con desglose de BI y GG, así como el Iva correspondiente.
  • Las solicitudes relativas a actuaciones de la misma naturaleza deberán agruparse en una única memoria de solicitud.
  • Informe del redactor de la Memoria clasificando la obra en alguna de las categorías señaladas en el artículo 232 de la LCSP.
  • Certificación de acuerdo del Pleno de la Junta vecinal de aprobación de la actuación solicitada.
  • Acuerdo de delegación por el ayuntamiento con los requisitos del artículo 50 de la Ley 1/1998, de 4 junio, de Régimen Local de Castilla y León y de aceptación de la Junta vecinal, en caso de destinar la subvención a inversiones relativas a competencias delegadas expresamente por el ayuntamiento
  • Anexo II: Declaración responsable del representante de la Junta Vecinal de no estar incursa en ninguna prohibición de contratar de las establecidas en el art. 13.2 de la LGS

 

Anticipo.- A las Juntas Vecinales beneficiarias de la subvención que tengan delegada su recaudación en la Diputación se les anticipará automáticamente el 90 por ciento de la subvención otorgada con la resolución de la convocatoria de la subvención, que incluye la autorización para la compensación automática y de oficio por parte de la Diputación Provincial de las deudas pendientes de reembolso.

Las Juntas vecinales beneficiarias de la subvención que no tengan delegada su recaudación en la Diputación, podrán solicitar el anticipo del 70 por ciento de la subvención comprometida derivada de la adjudicación del proyecto/suministro, y previa presentación de un certificado del Secretario comprensivo de la fecha e importe de adjudicación del proyecto/suministro (anexo IV)

Para la realización del abono del anticipo será requisito imprescindible haber cumplimentado el modelo de ficha de terceros, acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.

  • Anexo IV - Solicitud de anticipo
  • Ficha de terceros

Los anexos se pueden descargar en el apartado PLANTILLAS.

 

Órgano tramitador

Servicio de Cooperación

 

Órgano resolutor

Pleno

 

Normativa de aplicación

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-13371

Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de León

https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Intervencion/Subvenciones_1/

Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Diputación de León

http://www.dipuleon.es/frontdipuleon/frontDipuleonAction.do?action=viewCategory&categoryName=Subvenciones&id=1670040

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10566

RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos

https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/03/30/203

 

RECURSOS

Reposición y Contencioso-Administrativo.

 

Efectos del silencio administrativo

Negativo.

 

costes

Gratuito

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN - P2400000B
Plaza de San Marcelo, 6
24002 León (León)
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