Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello.
El interesado podrá formular su derecho de oposición rellenando una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente será firmado digitalmente.
Si se ejerce el derecho de oposición para la obtención por la Diputación de determinados documentos, el interesado deberá aportar los datos y documentos requeridos en el procedimiento respecto a los que ejerce el derecho de oposición.
El interesado deberá aportar los datos y documentos requeridos en el procedimiento respecto a los que ejerce el derecho de oposición.
No existe plazo de presentación.
Gratuito.
Servicio competente respecto del procedimiento en el que se requiere aportar documentación elaborada por una Administración.
Presidente
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565
RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/03/30/203
Recurso de reposición previo al recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de León