Mediante esta solicitud cualquier persona puede ejercer el derecho de acceso a toda información pública que haya sido elaborada o adquirida por la Diputación Provincial de León.
Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de la Diputación de León y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
El derecho de acceso podrá ser limitado en los supuestos que contempla la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en sus artículos 14 y 15, entre otros: seguridad nacional, la defensa, la seguridad pública, el secreto profesional y la propiedad intelectual o industria, la protección de datos de carácter personal, etc.
Se basa en rellenar una solicitud a través del formulario web, esta solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF.
No será necesario firmar la instancia electrónicamente, únicamente requiere registrarse con un correo electrónico y contraseña. La autenticidad del solicitante se verificará mediante la Plataforma de Intermediación de Datos, comprobando el NIF, nombre, apellidos y fecha de nacimiento.
También podrá identificarse el solicitante mediante certificado electrónico o cl@ve.
Es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Cualquier persona, de forma gratuita y sin necesidad de alegar ningún motivo. La solicitud puede presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de la identidad del solicitante, la información que se solicita y una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones.
La instancia no requiere firma, y permite interesados que sean personas físicas o jurídicas.
El órgano tramitador será la Unidad Administrativa de Transparencia, adscrita a Secretaría General, y el órgano de resolución la Presidencia de la Diputación.
La solicitud se resolverá de manera expresa en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.
El silencio administrativo resultará negativo, de conformidad con lo regulado en el artículo 20.4 de la Ley de transparencia. Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado notificado resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
Contra la resolución se podrá interponer recurso contencioso administrativo, o bien interponer una reclamación en el plazo de un mes ante el Comisionado de Transparencia de Castilla y León, como organismo independiente de control en materia de transparencia (artículo 8 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León).
Se puede presentar una Reclamación ante el Comisionado de Transparencia de Castilla y León a través del siguiente enlace:
https://www.ctcyl.es/
Solicitud de acceso a información pública.
Documentación asociada.
En cualquier momento
Gratuito.
Unidad de transparencia.